Ley 73 o Ley 97 del IMSS: Una fecha decide tu pensión

Dos personas con el mismo sueldo y los mismos años trabajados pueden terminar con pensiones muy distintas. La diferencia no está en el esfuerzo: está en una sola fecha, el día que te dieron de alta por primera vez en el IMSS. Aquí te explicamos a cuál régimen perteneces, qué se necesita en 2026 y qué puedes hacer en cada caso.


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 La fecha que lo define todo: 1 de julio de 1997

  • Si tu primera alta ante el IMSS fue antes del 1 de julio de 1997 → eres Ley 73.
  • Si tu primera alta fue a partir del 1 de julio de 1997 → eres Ley 97.

Ojo con esto: cuenta la primera vez que cotizaste en tu vida, aunque hayas trabajado poquito y luego te salieras del sistema durante años. Muchas personas creen que son Ley 97 y en realidad conservan el derecho de Ley 73 por un empleo de juventud.

¿Cómo lo compruebas? Con tu Constancia de Semanas Cotizadas: ahí aparece tu historial por patrón y la fecha de tu primera alta. Se descarga gratis en el portal del IMSS o en la app IMSS Digital.

 Las diferencias que sí importan

Ley 73 Ley 97
Quién la paga El IMSS, de por vida Tu Afore, con lo que ahorraste
Semanas mínimas 500 875 en 2026 (sube cada año hasta 1,000 en 2031)
Edad 60 años (cesantía) / 65 (vejez) 60 años (cesantía) / 65 (vejez)
Cómo se calcula Con el promedio de tu salario de los últimos años cotizados Con el saldo acumulado en tu cuenta individual y sus rendimientos

En la práctica, la Ley 73 suele dar una pensión más alta y más predecible, porque depende de tu salario y no de cuánto alcanzaste a ahorrar. La Ley 97 depende directamente del dinero que hay en tu Afore, y ahí es donde muchos se llevan la sorpresa.

Si eres Ley 73: tu salario de los últimos años es tu pensión

Tu monto se calcula con el promedio del salario con el que cotizaste al final de tu vida laboral y con tus semanas totales. Dos consecuencias prácticas:

  • Terminar cotizando bajo te baja la pensión, aunque hayas ganado bien toda la vida.
  • Por eso existe la Modalidad 40 (continuación voluntaria): permite seguir cotizando por tu cuenta con un salario más alto para levantar ese promedio. Para entrar se pide haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos 5 años, entre otros requisitos.

Qué revisar hoy: cuántas semanas llevas (mínimo 500), con qué salario estás cotizando ahorita y si te conviene evaluar Modalidad 40 antes de retirarte.

Si eres Ley 97: el problema no es la edad, son las semanas

Aquí hay dos riesgos reales:

1. Las semanas suben cada año. En 2026 se piden 875 semanas y el requisito sigue aumentando de forma gradual hasta llegar a 1,000 semanas en 2031. Si vas justo, cada semana cotizada cuenta.

2. El saldo manda. Tu pensión saldrá de lo que tengas acumulado. Si trabajaste años en la informalidad o con salarios bajos, el monto puede quedar corto.

Qué revisar hoy: tus semanas cotizadas, si tu Afore es de las que dan buenos rendimientos y si te conviene hacer aportaciones voluntarias, que es la palanca principal en este régimen.

 El mito de «cambiarte de ley»

No puedes elegir tu régimen. No es un trámite ni una opción: lo determina la fecha de tu primera alta ante el IMSS y punto. Lo único que sí está en tus manos es mejorar tu resultado dentro del régimen que te tocó: en Ley 73, cuidando tu salario de cotización y tus semanas; en Ley 97, aumentando el saldo de tu Afore y completando semanas.

 Cuidado con los fraudes

Es un tema donde abundan los «gestores»:

  • Consultar tu régimen y tus semanas es gratis en el IMSS y en la app IMSS Digital.
  • Nadie puede «pasarte» a Ley 73 ni «conseguirte» semanas que no cotizaste. Eso no existe.
  • Desconfía de quien te pida dinero por adelantado para «tramitar tu pensión» o te ofrezca montos garantizados.
  • Nunca entregues tu NSS, tu CURP ni tus datos de Afore a personas o páginas no oficiales.

Qué hacer ahora

Descarga tu Constancia de Semanas Cotizadas y checa dos datos: la fecha de tu primera alta (te dice tu régimen) y el total de semanas. Con eso ya sabes en qué juego estás y cuánto te falta. Si eres Ley 73, revisa con qué salario estás cotizando; si eres Ley 97, revisa el saldo de tu Afore. Entre más años te falten para el retiro, más se puede corregir.


Sitio web oficial: https://www.imss.gob.mx/imssdigital


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